PRINCIPALES NOVEDADES CAMPAÑA DE RENTA 2024

Otro año más llega abril y trae con él el inicio de la Campaña de Renta. Este año el plazo de presentación del IRPF 2024 abarcará desde el día 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025, finalizando el plazo para domiciliar los pagos el día 25 de junio y pudiéndose proceder a los mismos, por vez primera este año, a través de Bizum. Además de esta novedad, la Campaña de este año nos trae otras que conviene conocer, por lo que vamos a repasar algunas de las más importantes a tener en cuenta a la hora de confeccionar la declaración:

Obligación de declarar: con efectos 1 de enero 2024, se eleva el límite excluyente de la obligación de declarar previsto en el artículo 96.3 de la Ley del IRPF (rendimientos que procedan de más de un pagador, pagador de rendimientos no obligado a retener, etc) para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo de 15.000 a 15.876 euros.

Reducción general por obtención de rendimientos del trabajo: aumenta la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, pasando de 6.498 euros anuales a 7.302 euros anuales.

Reducción por arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda: el porcentaje fijo del 60% previsto para inmuebles destinados a vivienda del arrendatario se sustituye por el general del 50%, pudiendo aplicarse porcentajes ampliados del 90%, 70% y 60% cuando se den ciertas circunstancias.

Rendimientos Actividades Económicas: se sustituye la posibilidad de amortización acelerada prevista para vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga por un sistema de amortización libre, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Deducciones Generales: en materia dededucciones, ahora la Deducción por donativos y otras aportaciones incluye expresamente entre las donaciones que dan derecho a deducción la cesión de uso de un bien mueble o inmueble realizada sin contraprestación, precisando también la valoración de la citada cesión de uso de bienes muebles o inmuebles. Además, se incrementan los porcentajes de deducción en el caso de donativos y donaciones para actividades prioritarias de mecenazgo y se reduce el número de ejercicios exigido para poder aplicar el incremento del porcentaje por recurrencia.

En cuanto a la Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas y por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y puntos de recarga, se amplía el ámbito temporal que permite su aplicación.

Otro de los cambios más relevantes de esta Campaña es que se establece la autoliquidación rectificativa como sistema único para la corrección de las autoliquidaciones ya presentadas, poniendo fin de esta manera el sistema vigente, en el que las declaraciones presentadas se podían corregir mediante dos sistemas, la presentación de solicitudes de rectificación de autoliquidaciones o la presentación de autoliquidaciones complementarias, dependiendo de si el resultado era favorable o no para el contribuyente. Así, cuando se pretenda modificar una declaración ya presentada, la manera única de hacerlo será mediante la presentación de una autoliquidación rectificativa, independientemente del resultado de la misma.

Además, con motivo de la DANA de 2024, se incluyen beneficios fiscales tales como la exención de las ayudas recibidas e incrementos de reducciones para actividades económicas desarrolladas por los afectados, entre otras.

Estos son solo algunos de los cambios que trae la Campaña de Renta 2024. Es muy importante conocer bien la normativa y tener presentes los cambios implementados en ella a la hora de elaborar la declaración para hacerlo de forma correcta y poder beneficiarnos de las ventajas fiscales previstas en la misma y que pueden favorecernos notablemente en el resultado.

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